Se han ampliado los plazos de presentación y pago de impuestos, para PYMES Y autónomos hasta el 20 de Mayo. Es decir, en vez de pagar los impuestos el 20 Abril, tenemos plazo hasta el 20 de Mayo

La actual situación de riesgo sanitario y las medidas adoptadas para su contención, están produciendo problemas operativos y de funcionamiento sobre todo en pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos y por extensión a los asesores y gestores que afrontan serias dificultades para recopilar la información necesaria y cumplir con las

obligaciones fiscales de sus clientes, por lo que se extiende el plazo voluntario de presentación y pago de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

Además, se adoptan medidas para la gestión de créditos destinados a las comunidades autónomas relacionados con el COVID-19.

De tal forma, este real decreto-ley se estructura en un artículo único, una disposición adicional única y tres disposiciones finales.

El artículo único dispone, para los tributos que se indican, la extensión del plazo de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento se produzca a partir de la entrada en vigor de este real decreto-ley y hasta el día 20 de mayo de 2020.

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